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ADIÓS AL CLÁSICO «LLÉVELE, LLÉVELE»

El clásico “¡llévele, llévele!” dejará de estar permitido en los locales comerciales del Metro de la CDMX. A partir de este jueves 20 de agosto de 2026 entrará en vigor un nuevo reglamento que prohíbe a los comerciantes gritar para promocionar los productos que venden dentro de las estaciones.

Y no es el único cambio. Los locatarios tampoco podrán utilizar radios, bocinas, altavoces u otros aparatos de sonido que generen contaminación auditiva.

Las nuevas disposiciones forman parte del Reglamento para la Instalación, Operación, Verificación y Seguridad de Locales y/o Espacios Comerciales Asignados y/o Propiedad del Sistema de Transporte Colectivo (STC), que sustituirá al ordenamiento vigente desde 2020.

¿De cuánto será la multa para los locales del Metro CDMX?

El nuevo reglamento contempla sanciones de hasta 200 UMA para quienes incumplan sus disposiciones, cantidad equivalente a alrededor de $23,462.

Ojo: esto no significa que gritar para promocionar mercancía genere automáticamente una multa por esa cantidad. Se trata del monto máximo de las sanciones contempladas por incumplir el reglamento, que incluye distintas obligaciones y prohibiciones para los permisionarios.

Además de las sanciones económicas, los incumplimientos podrían tener consecuencias sobre el permiso para operar dentro de las instalaciones.

No solo los gritos estarán prohibidos

El Artículo 32 también establece que los comerciantes no podrán utilizar estufas, calentadores, hornos o aparatos que incrementen la temperatura dentro de las estaciones o representen algún riesgo.

Entre las demás prohibiciones se encuentran portar armas, consumir bebidas alcohólicas o drogas dentro de las instalaciones y vender pornografía.

Los establecimientos también deberán cumplir nuevas medidas de seguridad y limpieza, como utilizar vidrios inastillables y retirar sus residuos al menos dos veces al día.

Además, tendrán un horario particular: podrán iniciar actividades una hora después de que comience el servicio del Metro y deberán terminar dos horas antes de su cierre.

Para operar será necesario contar con un Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR), y el nuevo reglamento señala que no podrán autorizarse espacios comerciales en la estación Bellas Artes.