Con 250 votos a favor, 163 en contra y 14 abstenciones la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular la Ley de regulación de la mariguana.
Básicamente esta ley regulará la comercialización y producción del cannabis. Esto último incluye el autoconsumo en casa habitación o asociaciones para uso lúdico y su comercialización y venta con fines lúdicos, así como producción para investigación.
La venta podrá realizarse solo en establecimientos autorizados por la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).
Las personas que podrán consumir cannabis serán las mayores de 18 años, siempre y cuando no se afecte a terceros. No podrán consumirla en espacios designados como libres de humo de tabaco, áreas de trabajo y escuelas.
Aquellos que posean más de 28 gramos y hasta 200 gramos sin autorización recibirán una multa de 60 a 120 UMA es decir entre $5,377 y $10,754. Se estableció que 28 gramos es la dosis máxima de consumo personal.
Bajo ninguna circunstancia se podrá involucrar a menores de 18 años en actividades relacionadas con la producción, venta y consumo de cannabis. Incluso se castigará a quien realice una acción de este tipo.
La Ley de regulación de la mariguana también prevé incorporar un sistema de licencias para la producción de cannabis integrado por seis tipos:
- Integrales
- Con fines solamente de producción
- Con fines de distribución
- Con fines de venta al usuario final
- Con fines de producción o comercialización de productos derivados
- Con fines de investigación
De manera temporal está prohibida la producción y venta de productos comestibles del cannabis, esto mientras se generan estudios científicos que avalen su uso.
En la Cámara de Diputados se aceptaron diversas reservas sobre esta ley. Una de las modificaciones aceptadas en esta ley es la prohibición de reconvertir terrenos con vocación forestal a la producción del cannabis. La Conadic y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) serán las encargadas de minimizar el impacto del uso de suelo para no interferir en actividades esenciales, según se detalló a través de un comunicado.
Adicionalmente la Conadic también estará encargada de coordinar campañas contra el consumo problemático del cannabis y desarrollará acciones para evitar que menores de edad y grupos vulnerables la consuman.
También se estableció que aquellos que incumplan con la Ley de regulación de la mariguana serán sancionados por autoridades competentes incluyendo las leyes Federal de Variedades Vegetales y la General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental.
Como parte de esta regulación también se hizo una modificación a la Ley General de Salud, a fin de aumentar de 3 a 4 años de prisión y de 80 a 100 días de multa a quien tenga cannabis psicoactivo sin la autorización necesaria.
Finalmente en el Código Penal Federal se aceptó una reserva para sancionar el suministro, tráfico, producción y comercialización de cannabis psicoactivo en cantidades mayores a 5.6 kilos sin autorización.
La Ley de regulación de la mariguana se devolvió al Senado para que se siga el proceso legislativo correspondiente.