De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el artículo 87, el pago de esta prestación debe de realizarse antes de una fecha establecida, y de no hacerlo los jefes podrían tener problemas con las autoridades y enfrentar multas.
Todos los trabajadores en México con derecho a esta prestación deben tenerla en sus cuentas bancarias o en efectivo a más tardar el viernes 20 de diciembre. De lo contrario, tienen la opción de presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).




